DEFINICIÓN: La familia romana era una institución de la antigua Roma, presente en el ámbito social y jurídico, que estaba compuesta por todos los que vivían bajo la autoridad del cabeza de familia o pater familias, incluidos -naturalmente- los esclavos. Familia es una palabra emparentada con famuli ("los criados") y por lo tanto, los comprende a ellos también.La familia romana era legalmente tan fuerte que ciertas cuestiones que hoy se tratan en los juzgados o en los templos, entonces se trataban en casa, bajo el mando del cabeza de familia. La familia era realmente la célula básica de la sociedad romana.

- El pater familias era el hombre romano que no dependía de nadie (sui iuris) y de quien dependían los demás (alieni iuris). No importaba que estuviese soltero o casado, ni su edad. La mujer nunca podía ser cabeza de familia.La patria potestas de un cabeza de familia romano le permitía disponer de la vida de cualquier miem
bro familiar, darle muerte e incluso venderle. Podía también abandonar legalmente a un hijo nacido de su mujer o reconocerlo. Podía incluso prohijar hijos de otros, así como concertar casamientos de los hijos. Realmente, es él quien forma la familia romana.
Como jefe de familia es también el sacerdote de la religión familiar y el juez en los conflictos entre familiares, pero para esto último tiene que contar con el asesoramiento de un consejo familiar.
Para enteder lo anterior, hay que tener en cuenta que el parentesco natural, fundado en la descendencia física de la mujer, y que los romanos llamaban cognatio, carecía de valor civil, en tanto el parentesco civil, fundado en el reconocimiento por parte del hombre de su descendencia o en la adopción como hijos de descendencia ajena, y a lo que los romanos llamaban agnatio, era el único parentesco legalmente válido.
- La mujer aparece como compañera y cooperadora del hombre romano, está a su lado en los banquetes, comparte con él la autoridad sobre los hijos y criados y participa también de la dignidad que tiene su marido en la vida pública. Pero esta libertad no impide que sea austera y reservada, especialmente en la época republicana; incluso en el banquete, la mujer estaba sentada, no recostada, y no bebía vino sino mulsum (vino con miel); en cualquier caso, está siempre en un segundo plano y así no participa en la vida pública, en la política, en la literatura, ni puede ser cabeza de familia e incluso los nombres de oficios de la primera declinación son masculinos.

LIBERÍ
- El hijo recibía el apellido del padre, es decir era reconocido por éste una semana después de su nacimiento, el día llamado de la purificación. Era generalmente criado y educado por la madre, hasta el momento en que iba a la escuela. Se le suspendía al cuello una bolsita o bula, que contenía amuletos contra el aojo, y que conservaba hasta el día en que abandonaba la toga pretexta para ponerse la viril. Esta ceremonia de la mayor edad se verificaba ante el altar de los lares, cuando tenía d
iez y siete años; pero aun declarado mayor de edad, continuaba bajo la potestad de su padre.
En la escuela, aprendía a leer, a escribir y a contar bajo la dirección de profesores severos que lo castigaban con azotes por la menor falta. Los niños ricos tenían preceptores en casa de sus padres. La música y la gimnasia eran artes de entretenimiento y lujo. Después de la enseñanza primaria, los jóvenes romanos recibían la literaria que comprendía el estudio de la ley de las Doce Tablas, el de los poetas griegos y el de los escritores latinos, porque se trataba de formar administradores y oradores. Así el que un joven romano explicara poco más o menos los mismos textos latinos y griegos que un joven de la época actual, que hace sus estudios clásicos.
- El matrimonio ha ido evolucionando continuamente, pues previamente, en la Antigua Roma, se había de cumplir con ciertos requisitos, tales como la edad, siendo comunes los catorce años para los hombres y los doce para las mujeres, siendo sumamente raro que uno se casara pasada la treintena. Además, cuando la esposa de un miembro de la alta sociedad cometía adulterio, éste podía matarlos pues se consideraba como un acto decente para así mantener su honor lo cual en estos tiempos es considerado como homicidio.
DIVORCIO ROMANO
Como el matrimonio romano estaba pensado para ser una institución que debía renovarse con el consentimiento continuado de los cónyuges (affectio maritalis), se permitía el divorcio. Como todo contrato, el matrimonio podía anularse. Primitivamente, el derecho de revocación pertenecía únicamente al hombre; este solo tenía que reclamarle a su mujer delante de un testigo las llaves de la casa y decirle: tuas res habeto ("coge tus cosas").
En el derecho romano se tipificaba el tipo de divorcio según su causa:
Divortium ex iusta causa: como, por ejemplo, el adulterio de la mujer o el marido.
Divortium bona gratia: por causas no imputables a algunos de los cónyuges (esterilidad, impotencia, etc.)
Divortium sine causa: cuando alguno de los cónyuges repudiaba al otro sin que mediase causa que justificara este comportamiento.
Divortium communi consensu: de mutuo acuerdo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario